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La legalización del uso lúdico de la mariguana en México.

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Se despenaliza el uso de cannabis con fines recreativos en México, Cámara de diputados aprueba reformas, dando paso a la legalización del consumo de esta planta además de abrir un mercado valuado en millones de dólares como ha ocurrido en Estados Unidos al aprobarse la legalización de esta planta en varios estados.

El pasado 10 de marzo la Cámara de Diputados aprobó en lo general la despenalización del uso de cannabis personal con fines recreativos o lúdicos a nivel federal, esto pone al país en la lista junto con Uruguay y Canadá de países que han avanzado en esta materia.

Anteriormente, el 19 de Noviembre del año pasado el Senado aprobó el dictamen sobre el uso responsable del cannabis. Esta reforma modifica artículos de la Ley General de Salud, se expide la Ley General para la Regulación del Cannabis, además de la creación del Instituto Mexicano de Regulación y Control de Cannabis. (IMRCC).

Estas modificaciones permiten el uso de cannabis psicoactivo a personas mayores de 18 años siempre y cuando no se realice frente a menores de edad o frente a cualquier otra persona que esté imposiblitada para manifestar su consentimiento libre e informado. Además de esto queda prohibido el uso de esta sustancia en el espacio público si una persona mayor de edad no haya otorgado su consentimiento.

La venta de cannabis, así como sus derivados estará permitida en establecimientos autorizados por el IMRC. La siembra, cultivo, cosecha, aprovechamiento y preparación de plantas de cannabis, cada persona puede tener en su domicilio hasta 6 plantas, si viven dos consumidores en la misma casa podrá tener hasta 8 plantas.

 

Se deberán tramitar licencias para el cultivo, transformación, comercialización, exportación e importación, cada persona podrá contar con más de un tipo de licencia.

 

La posesión de mariguana aumenta a menos de 28 gramos. Al portar más de esta cantidad la persona se hará acreedor a una falta administrativa, la cual ronda entre los 60 hasta 120 UMAS, lo cual ronda entre los 5,000 y los 10,500 pesos. Al portar más de 200 gramos se hará acreedor a una sanción penal que va de los 3 a los 6 años de prisión.

 

Queda prohibido el uso de mariguana en áreas de trabajo públicas y privadas, establecimientos comerciales con acceso público, escuelas de educación básica, media superior y superior, así como en instalaciones gubernamentales o cualquier tipo de lugar donde esté prohibido el uso de tabaco. Tampoco es posible regalar cannabis psicoactivo, derivados y productos elaborados con esta sustancia. No es posible conducir cualquier vehiculo, manejar u operar equipo o maquinaria que pueda causar peligro bajo los efectos del THC. La multa consiste en arresto de 12 a 36 horas.

 

Se crea la figura de clubes de consumo recreativo de cannabis, con un minimo de dos personas asociadas y con un máximo de 20, siendo indispensable que sean mayores de edad, no se puede realizar ninguna promoción del mismo, pero tendrá un distintivo para reconocerlo, cada persona inscrita podrá tener hasta 4 plantas.

La regulación actual contempla también un lugar para la investigación en torno a los usos médicos, farmacéuticos o paliativos de la planta y las sustancias que la componen. Queda también prohibida la venta de productos que mezclen mariguana con otras sustancias como tabaco, cafeína, alcohol, bebidas energizantes y otras aunque no sea considerada psicotrópica o no.

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